La Sala I del Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires redujo a la mitad la pena de un pastor evangélico de 59 años de edad, violador de dos niñas de 14 y 16 años, con el fundamento de que las víctimas -de condición humilde- “poseían experiencia sexual” y que en su nivel social se aceptan las relaciones sexuales a edades tempranas. En el fallo, el juez Horacio Piombo afirma que “lo hecho por el condenado (…) no lo veo como algo moralmente edificante, pero tampoco como un quehacer aberrante, repulsivo, que hiera
la integridad sexual”.En 2008, el pastor Francisco Avalos había sido condenado en primera instancia a 18 años de prisión por cuatro abusos sexuales con acceso carnal cometidos en 2000. También se le imputó el delito de corrupción de menores por ser dos de sus víctimas mejores de edad. Del expediente surge que aprovechaba su condición religiosa y les inculcaba que eran “elegidas por Dios” para tener hijos con él, por lo que no debían resistirse.
Esa sentencia fue recurrida y finalmente el Tribunal de alzada redujo la condena a 9 años y 6 meses, lo que desató una oleada de fuertes críticas, centradas en su carácter discriminatorio. Lo que el fallo parece postular es que si en un determinado ámbito social ciertas conductas son habituales, las normas legales que las proscriben se relativizan, pierden importancia. Concretamente, si en los sectores más pobres, con condiciones de vida precarias, hacinamiento, falta de educación, de salud, de vivienda, las relaciones sexuales a edades tempranas son más comunes, el abuso sexual es menos grave. Con esa óptica, no podría haber corrupción de menores, básicamente porque las menores en todo caso ya eran corruptas. Poco falta para endilgarle culpa a las víctimas…
Raúl Pérez, diputado provincial por el Frente para la Victoria, pidió el enjuiciamiento de los magistrados por el delito de mal desempeño y sus argumentos discriminatorios.
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