Los límites y fortalezas de las estrategias diversas de los países de América Latina en relación al aborto, varían a su vez según el contexto en el que se aplican: una sociedad específica, con sus normas y consensos respecto de la decisión sobre el propio cuerpo como derecho humano de las mujeres. Ana Cristina González Vélez, médica y asesora en políticas públicas en salud, consultora a nivel internacional en temas de salud sexual y reproductiva y ex directora de Salud Pública de Colombia, estuvo en Montevideo dictando un seminario y dialogó con La República de las Mujeres sobre la situación regional y local. Para la experta, la región espera que Uruguay ratifique lo que su ciudadanía sostiene desde hace años según las encuestas de opinión pública: que se despenalice la interrupción voluntaria del embarazo.
En los últimos años en la región se han promovido distintas estrategias orientadas a garantizar el acceso oportuno de las mujeres al aborto seguro. Esas estrategias van desde la legalización –“estas son las que desde mi perspectiva se orientan más a proteger los derechos de las mujeres”, adelanta Ana Cristina González Vélez, pasando por la creación de regulaciones sanitarias a la implementación de estrategias de reducción de riesgos y daños, como sucede en Uruguay.
Las estrategias de legalización o despenalización “le reconocen a las mujeres el derecho a acceder a servicios que sean provistos de forma legal, oportuna, segura”, explica González Vélez, por lo que son, desde su visión, las que mejor protegen los derechos de las mujeres a decidir sobre su propio cuerpo.
Son de dos tipos: aquellas que eliminan el delito por un tiempo determinado contado a partir del comienzo de la gestación (en general 12 semanas), como el caso de México DF, Cuba, Puerto Rico; o las que despenalizan el aborto en algunas circunstancias (causales como salud de la mujer, violación, entre otras), como es el caso reciente de Colombia.
El único escenario que tienen que enfrentar las mujeres en los casos en que la estrategia es la legalización o la despenalización, es el de “su propia decisión”.
Es decir: pueden resolver con autonomía interrumpir un embarazo si creen que es “inoportuno, que afecta su proyecto de vida, que interrumpe su educación, su trabajo o porque falló un método anticonceptivo”, ejemplifica González Vélez.
Derechos y vulneraciones
En Uruguay las causales existen, aunque aparecen en el Código Penal como “atenuantes o eximentes de pena”. Son tres: riesgo de vida de la mujer, violación, y una causal poco común que es la de la penuria económica.
Para la experta colombiana, por el trabajo cercano que ha tenido con abogadas, el hecho de que sean eximentes de responsabilidad penal significa que “la realización de un aborto en los casos que están previstos, no configura delito ni para la mujer ni para los profesionales”, lo que significa que se trataría de abortos no punibles.
Esto es “muy relevante técnicamente”, explica, porque supone que para esos casos debería haber “oferta” (de servicios) y que la misma debería ser legal, así como que debería existir regulación del Estado en la materia. Sin embargo, en nuestro país tales cosas no se han hecho.
La ex directora de Salud Pública de Colombia admite que esta interpretación está vinculada a la teoría jurídica –es con una abogada con quien ella ha abordado esta lectura-, lo que considera importante pues en nuestro país existen desde el año 1938 causales de inimputabilidad aunque no se hayan reglamentado.
Las cortes de Justicia “progresistas -detalla González Vélez- como la colombiana”, dicen explícitamente que para las causales que están eximidas de la pena “ya no hay delito y que de todas maneras los servicios tienen que ser prestados”. Este conjunto de estrategias, que han implementado países que ya cuentan con causales, pueden denominarse como de “regulaciones sanitarias” basadas en los derechos humanos, en tanto lo que hacen es “ajustar las normas del sector” para garantizar el acceso a los servicios, dando certezas a los profesionales.
Esta estrategia, que implica la especificación de cómo deben brindarse los servicios para garantizar el acceso al aborto en caso de que se configuren las causales establecidas, “va de la mano de otra estrategia que es la de la interpretación amplia de las causales”, advierte González Vélez. Por ejemplo, que la causal de salud y vida de la mujer sea interpretada entendiendo la salud desde un punto de vista integral, como bienestar biológico, psíquico y social, y no sólo aplicable cuando existe riesgo inminente de vida.
Para la interpretación de esta causal se cuenta con una publicación de consenso a nivel latinoamericano, titulada “Causal salud. Interrupción legal del embarazo, ética y derechos humanos”, donde se esgrimen un conjunto de argumentos que orientan a los profesionales de la salud para tomar una decisión en la materia.Ç
Otro conjunto de estrategias refieren a la reducción de riesgos y daños provocados por el aborto realizado en condiciones de riesgo, entre las que se encuentran “la promoción del uso masivo de la aspiración manual intrauterina, el aborto con medicamentos o la promovida en Uruguay que es la de reducción de daños”, fundada en la consejería para detectar si hay una mujer que transita un embarazo no deseado, brindándole en ese caso información para que de interrumpirlo, lo haga de forma segura.
Para la especialista, las ventajas de esta estrategia son que “crea condiciones para prevenir el daño”, además de informar y asesorar, asegurando el acceso seguro a la anticoncepción, pues parte de la asesoría está orientada a que la mujer después del embarazo no deseado cuente con la misma de forma eficaz, lo que ayudará a prevenir abortos futuros.
Sin embargo, González Vélez recomienda esta estrategia solo para contextos muy restrictivos: “A mí me parece un poco más compleja la promoción de la estrategia en un contexto como el uruguayo –señala-Por un lado, porque en América Latina Uruguay es uno de los pocos países donde los últimos 6 años ha habido una estrategia continuada de debate democrático alrededor del tema del aborto”.
Las encuestas a la ciudadanía dan cuenta de que “la mayor parte de la población uruguaya cree que el aborto debería estar despenalizado hasta un número x de semanas de gestación”, por lo que lo que se espera desde la región, “como resultado de una democracia, es que los congresistas reflejen esa intención que tiene la ciudadanía”.
De hecho, “ya lo hicieron una vez, aunque lamentablemente operó el veto”, una estrategia bastante “antidemocrática”, entiende la experta colombiana, para quien “Uruguay se merece avanzar hacia una estrategia de cambio en el marco legal y de legalización del aborto”.
González Vélez insiste en que la estrategia de reducción de daños “cumplió un rol”, pero hoy por hoy para las y los uruguayos “la discusión debe ser la legalización”, pues considera que están dadas las condiciones sociales, también en el Parlamento. Además, el país debería avanzar “hacia una perspectiva de protección de derechos de las mujeres”, pues la estrategia actual tiene a su juicio “desventajas” importantes en este sentido.
En primer lugar, porque “la resolución final de la interrupción recae exclusivamente sobre las mujeres y hasta donde yo sé, en el caso del Uruguay el acceso a Misoprostol tiene algunas restricciones”, no siendo fácil para aquellas que deciden utilizarlo y quedan “expuestas a nuevos y mayores riesgos”.
Además de la vulneración de derechos a la que expone a las mujeres, la estrategia de reducción de daños si no cuenta con regulaciones sanitarias claras respecto de su indicación, somete a incertidumbres a los profesionales, explica la experta.
Estos son puntos en los que Uruguay presenta hoy -luego de seis años de aplicación de la estrategia que se reguló en 2004 y tal como lo sospecha González Vélez-, serias dificultades.
En ese sentido, recuerda una nota del diario “La República” del pasado 3 de agosto, donde se da cuenta de que “Los ginecólogos recomiendan el Misoprostol a quienes quieren abortar, pero no lo prescriben y tampoco practican abortos que estarían eximidos de pena por ley”.
La nota deja expuesta una realidad sumamente delicada, en la que la vulneración de derechos es clara: una adolescente víctima de violación queda embarazada y obtiene una orden judicial para realizarse un aborto en el marco de las causales de la ley de 1938. Sin embargo, no se lo realizan en el centro de salud, ni tampoco le es fácil obtener el medicamento para practicarlo.
Si bien no es “ilegal” prescribir Misoprostol, las normas sanitarias vigentes parecen no otorgar todas las garantías para que el acceso al medicamento sea efectivo: no pueden recetarlo los ginecólogos, solo los gastroenterólogos para el tratamiento de úlcera gastroduodenal y con receta especial. La misma nota da cuenta de la opinión de la organización no gubernamental Mujer y Salud en Uruguay (MYSU), sobre los mecanismos actuales para poder ejercer el derecho a la interrupción del embarazo: son poco claros y en muchos casos funcionan como barrera, como la Comisión Asesora sobre la Interrupción de la Gestación.
Para González Vélez, en Uruguay, deberían “operar primero las causales”, validadas desde una interpretación amplia y promoviendo, sobre todo, la despenalización o legalización para las primeras semanas de gestación.
En lugar de ello, el país ha creado “un mecanismo bastante complicado que es la comisión nacional que autoriza las interrupciones del embarazo”, lo que para ella constituye “una barrera tremenda de acceso para las mujeres”. Principalmente, porque pretende operar a nivel nacional y además porque, si bien se establece un mecanismo “formal”, el mismo es “sumamente complejo, porque yo como mujer de carne y hueso ¿cómo hago para que mi caso llegue a esa comisión y cuánto tiempo debo esperar?”.
No hay comentarios:
Publicar un comentario